Idioma: Español
Canal de denuncias y RGPC

Caravel Canal

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Un canal de denuncias cifrado (Lei n.º 93/2021) y un registro de tu programa de cumplimiento del RGPC (Decreto-Lei n.º 109-E/2021), para entidades públicas y privadas en Portugal con 50 o más trabajadores. Las denuncias se cifran en el navegador de quien denuncia: Caravel no tiene acceso a su contenido.

Qué hace Caravel Canal

  • Una página del canal de tu entidad, donde trabajadores y otras personas presentan denuncias por escrito, anónimas o con su nombre
  • Cifrado de extremo a extremo: el texto y los adjuntos se cifran en el navegador antes de salir del ordenador de quien denuncia, y solo los gestores de denuncias de la entidad pueden leerlos
  • Un código de seguimiento, para que el denunciante vuelva, lea las respuestas y hable con la entidad sin identificarse
  • Gestores de denuncias con autenticación de dos factores (2FA) obligatoria
  • Conflictos de intereses: el denunciante puede impedir que un gestor vea la denuncia, si la entidad lo permite
  • Plazos legales calculados para cada denuncia, con avisos en el panel y por correo a los gestores (el correo nunca incluye el contenido)
  • Conservación durante al menos 5 años, con la eliminación bloqueada mientras haya un procedimiento pendiente
  • Registro de accesos que solo añade y está encadenado (cada línea ligada a la anterior mediante un hash), con verificación de la cadena y exportación CSV
  • Registro de las acciones del programa de cumplimiento del RGPC, con fechas, responsables y pruebas
  • Exportaciones: registro RGPC en CSV, JSON o HTML para imprimir; registro de accesos en CSV; denuncias exportadas en el navegador después de descifrarlas
  • Cada entidad tiene su propia base de datos, totalmente separada de las demás
  • Sin recursos de terceros en las páginas del canal: sin CDN, fuentes externas ni analítica

Cómo funciona para quien denuncia

  1. Abre la página del canal de la entidad. No necesita cuenta.
  2. Escribe la denuncia y puede adjuntar archivos. Elige si se identifica o si se queda en el anonimato.
  3. El navegador lo cifra todo antes de enviarlo. El servidor solo guarda los datos cifrados, las fechas y los estados.
  4. Recibe un código de seguimiento, que se muestra una sola vez, y lo guarda.
  5. Con el código vuelve para leer el acuse de recibo, las respuestas y el resultado, y para contestar, sin identificarse.

Plazos de la Lei n.º 93/2021 que sigue el Canal

  • Acuse de recibo al denunciante en 7 días, con la información sobre la denuncia externa (Lei n.º 93/2021, art. 11.1).
  • Comunicación de las medidas previstas o adoptadas, y de su fundamentación, en un plazo máximo de 3 meses desde la recepción (art. 11.3).
  • Si el denunciante lo pide, comunicación del resultado del análisis en 15 días tras su conclusión (art. 11.4).
  • Registro de las denuncias, conservadas durante al menos 5 años y mientras haya procedimientos judiciales o administrativos pendientes (art. 20.1).

La ley no dice si estos días son naturales o hábiles. Por defecto, el Canal cuenta días naturales (el cómputo más corto) y muestra siempre la fecha límite de cada plazo.

Registro del programa de cumplimiento (RGPC)

El RGPC exige un programa de cumplimiento normativo con, al menos, un plan de prevención de riesgos de corrupción (PPR), un código de conducta, un programa de formación y un canal de denuncias (art. 5.1). El Canal registra lo que ha hecho tu entidad en cada punto —fecha, responsable, descripción y pruebas— y avisa cuando se acerca una fecha:

  • Responsable de cumplimiento normativo, designado entre la alta dirección o equivalente (art. 5.2)
  • PPR, revisado cada tres años o cuando cambia la estructura de la entidad (art. 6.1 y 6.5)
  • Informe de evaluación intermedio, en octubre, sobre los riesgos elevados o máximos (art. 6.4.a)
  • Informe de evaluación anual, en abril del año siguiente (art. 6.4.b)
  • Código de conducta, revisado cada tres años (art. 7.1 y 7.4)
  • Formación de directivos y trabajadores (art. 9)

Cada punto muestra «sin registrar» o «registrado el» una fecha, nunca «cumple». El Canal no redacta el PPR, el código de conducta ni dictámenes. Los artículos citados son del régimen anexo al Decreto-Lei n.º 109-E/2021.

Seguridad y lo que ve Caravel

  • El contenido de las denuncias, su categoría y la identidad del denunciante quedan dentro del cifrado. Caravel solo ve fechas, estados, plazos, tamaños y el registro de quién abrió qué, nunca el contenido.
  • Cada gestor tiene su propia clave. La contraseña, y la clave que se deriva de ella, nunca salen del navegador.
  • Las acciones del denunciante se registran sin dirección IP.
  • Cookies restringidas, protección contra peticiones falsificadas y límite de intentos de acceso.

Un límite honesto: como en cualquier canal web, el cifrado en el navegador no protege frente a quien modifique el código que se envía al navegador. Para que eso se pueda detectar, los gestores ven la huella digital de sus claves.

Quién tiene que tener canal

  • Las personas jurídicas con 50 o más trabajadores, incluido el Estado y las demás personas jurídicas de derecho público, deben disponer de canales de denuncia interna (Lei n.º 93/2021, art. 8.1).
  • El RGPC se aplica a las personas jurídicas con sede en Portugal y a las sucursales en territorio portugués con 50 o más trabajadores, y a los servicios y personas jurídicas de la administración pública y del sector público empresarial con 50 o más trabajadores (RGPC, art. 2.1 y 2.2).
  • Algunas entidades deben tener canal aunque tengan menos de 50 trabajadores, por operar en ámbitos cubiertos por la Directiva (UE) 2019/1937, como los servicios financieros (Lei n.º 93/2021, art. 8.1).

El Canal no decide si tu entidad está obligada: confírmalo con quien la asesora.

Textos oficiales: Lei n.º 93/2021 (Diário da República, PDF) · RGPC, republicado por el Decreto-Lei n.º 70/2025 (Diário da República, PDF)

Lo que Caravel Canal no es

  • Caravel Canal es una herramienta. No presta asesoramiento jurídico.
  • No certifica a la entidad ni dice que cumpla la Lei n.º 93/2021 o el RGPC.
  • El contenido jurídico (PPR, código de conducta, avisos, dictámenes) es de la entidad y de quien la asesora.
  • Las denuncias las tratan las personas que designa la entidad. Caravel no lee ni trata denuncias.

Precios

De 50 a 149 trabajadores

79 € / mes+ IVAFacturación anual: 948 €
  • Canal de denuncias cifrado
  • Registro del programa de cumplimiento RGPC
  • Gestores con 2FA y registro de accesos encadenado
  • Exportaciones
Disponible pronto — contáctanos

De 150 a 499 trabajadores

129 € / mes+ IVAFacturación anual: 1548 €
  • Canal de denuncias cifrado
  • Registro del programa de cumplimiento RGPC
  • Gestores con 2FA y registro de accesos encadenado
  • Exportaciones
Disponible pronto — contáctanos

500 trabajadores o más

199 € / mes+ IVAFacturación anual: 2388 €
  • Canal de denuncias cifrado
  • Registro del programa de cumplimiento RGPC
  • Gestores con 2FA y registro de accesos encadenado
  • Exportaciones
Disponible pronto — contáctanos

Las ventas abren pronto: escríbenos y te responderemos con los siguientes pasos. Los precios no incluyen IVA y se facturan al año; no hay periodo gratuito.

Entidades públicas

Para las entidades públicas no hay demostración gratuita ni prueba gratuita (Código dos Contratos Públicos, art. 113). Puedes pedir un presupuesto y ver una demostración con datos ficticios.

Preguntas frecuentes

¿Mi entidad está obligada a tener un canal de denuncias?

En general, sí, si tiene 50 o más trabajadores, sea pública o privada (Lei n.º 93/2021, art. 8.1). Hay excepciones y casos especiales, como los municipios de menos de 10 000 habitantes (art. 8.6) y entidades de ciertos ámbitos obligadas con menos trabajadores. El Canal no lo decide por ti.

¿Se puede denunciar de forma anónima?

Sí. El denunciante elige si denuncia de forma anónima o con su nombre; la ley prevé ambas formas (Lei n.º 93/2021, art. 10.1). Con el código de seguimiento, un denunciante anónimo habla con la entidad sin revelar quién es.

¿Qué ve Caravel?

Solo fechas, estados, plazos, tamaños y el registro de accesos. El texto, los adjuntos, la categoría y la identidad del denunciante se cifran en el navegador, y Caravel no tiene las claves para leerlos.

¿Y las denuncias hechas por teléfono o en persona?

El gestor de denuncias puede registrarlas en el Canal. Para registrar una denuncia verbal (grabación o transcripción), la ley exige el consentimiento del denunciante y, si no hay grabación, un acta fidedigna de la comunicación (Lei n.º 93/2021, art. 20.3 y 20.4).

¿Podemos exportar los datos?

Sí. El registro RGPC en CSV, JSON o HTML para imprimir, y el registro de accesos en CSV, con verificación de la cadena. Las denuncias se exportan en el navegador del gestor después de descifrarlas (JSON o HTML para imprimir).

¿Y si los gestores pierden sus contraseñas?

Al activar el canal, la entidad recibe un código de recuperación para imprimir, que se muestra una sola vez. Con él recupera el acceso a las denuncias. Si se pierden las contraseñas de todos los gestores y también el código de recuperación, las denuncias quedan ilegibles, también para Caravel.

¿Hay periodo gratuito?

No. No hay periodo gratuito ni prueba gratuita. Puedes pedir un presupuesto y ver una demostración con datos ficticios.

¿Garantiza Caravel Canal que cumplimos la ley?

No. Es una herramienta: no presta asesoramiento jurídico, no certifica y nunca dice que una entidad cumpla. El contenido jurídico es de la entidad y de quien la asesora.